Lo que necesitan saber sobre el domicilio fiscal

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domicilio fiscal

Cuando se habla de domicilio fiscal se entiende como una ubicación de un obligado tributario. Esta ubicación puede tratarse tanto de personas físicas como de empresas y consorcios. Los criterios de residencia a efectos fiscales varían considerablemente de una jurisdicción a otra, y la «residencia» puede ser diferente para otros fines no impositivos. Para los individuos, la presencia física en una jurisdicción es la prueba principal. Algunas jurisdicciones también determinan la residencia de un individuo por referencia a una variedad de otros factores, como la propiedad de una vivienda o la disponibilidad de alojamiento, la familia y los intereses financieros. Para las empresas, algunas jurisdicciones determinan la residencia de una corporación en función de su lugar de constitución. Otras jurisdicciones determinan la residencia de una corporación por referencia a su lugar de administración. Algunas jurisdicciones usan tanto una prueba de lugar de incorporación como una prueba de lugar de administración.

El domicilio fiscal también puede presentarse en jurisdicciones de derecho común, un concepto legal diferente a la residencia, aunque los dos pueden llevar al mismo resultado. Los criterios de residencia en los tratados de doble imposición pueden ser diferentes de los de la legislación nacional. La residencia en el derecho interno permite a un país crear un reclamo tributario basado en la residencia de una persona, mientras que en un tratado de doble imposición tiene el efecto de restringir dicho reclamo tributario para evitar la doble imposición. Los sistemas impositivos de residencia o ciudadanía generalmente están vinculados con la tributación mundial, en oposición a los impuestos territoriales. Por lo tanto, es particularmente relevante cuando dos países reclaman simultáneamente que una persona sea residente dentro de su jurisdicción.

Los domicilios fiscales son un concepto de ley general. En otros términos, significa también establecerse en un lugar o país con la intención de vivir u operar allí de forma permanente. El término domicilio es un concepto mucho más permanente que la residencia, de allí su uso en ámbitos empresariales. Todos tienen un ‘domicilio de origen’ al nacer, generalmente el domicilio del padre y la madre, asimismo, las personas mantienen su domicilio de origen a menos que elijan obtener uno nuevo. Para obtener un nuevo domicilio, debe demostrarse claramente que se tiene la intención de vivir de forma permanente en el nuevo lugar o país y no se tiene la intención de regresar a vivir en el domicilio de origen. Puede aplicarse lo mismo en el ámbito empresarial, donde el término domicilio determina permanencia en un sitio.

En este tema, las jurisdicciones deben enumerar las disposiciones legales nacionales que determinan si un Individuo debe ser considerado un residente fiscal de esas jurisdicciones. Dichas disposiciones legales pueden ser artículos del código tributario pertinente (con hipervínculos a las disposiciones en sí, siempre que sea posible), así como cualquier otras regulaciones que especifiquen los criterios de residencia. Como regla general, se considera que todas las personas que establecen su hogar permanente en México son residentes en México. En caso de que esas personas tengan también un domicilio permanente disponible para ellos en otro país, se considerarán residentes en México si tienen su centro de interés vital en territorio nacional; esto es, cuando más del 50% de los ingresos totales obtenidos por el individuo dentro de un año calendario surge de fuentes dentro del país o cuando el centro principal de su profesional actividad se encuentra en México. A estos efectos, las personas que usen temporalmente bienes inmuebles para fines turísticos no se considera que han establecido su hogar permanente en México. Además, se considera que los individuos que son funcionarios o empleados del gobierno son residentes en México a pesar de que su centro de interés vital se encuentra en el exterior.

Esto significa que continuará siendo tratado como residente hasta la fecha de partida. Todos sus ingresos de empleo hasta esa fecha están gravados de la manera normal. Sus ingresos de empleo a partir de la fecha de salida se ignoran a los fines del impuesto mexicano. En general, los créditos fiscales totales son admisibles sobre una «base acumulativa». Esto significa que usted recibe un año completo de créditos fiscales a pesar de que ha residido aquí solo durante parte del año. El tratamiento dividido por año se aplica únicamente a los ingresos laborales. Con arreglo a la legislación de ese Estado, esté sujeta a imposición en virtud de su domicilio, residencia, lugar de gestión o cualquier otro criterio de naturaleza similar, y también incluye ese Estado y cualquier subdivisión política o autoridad local del mismo. En el caso de nuestro país las normas y regulaciones sobre los domicilios fiscales se presentan similares a algunas legislaciones extranjeras, asimismo, una persona física, empresa o institución proporciona a un banco u otra institución un domicilio con el cual se establece el código fiscal de la federación, con el que a la vez es posible localizar a estas personas, empresas o instituciones.

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