¿Por qué mantener actualizado el domicilio fiscal?

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oficinas ejecutivas

El correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales no sólo implica la presentación de las declaraciones y pagos ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sino que implica también mantener actualizados los datos, siendo uno de los más importantes el domicilio fiscal, esto con la finalidad de evitar confusiones e imposiciones de sanciones como multas económicas, cancelación de sellos digitales o la presunción de simulación de operaciones, lo que constituye un delito grave que podría ser sancionado con la cárcel.

Bajo esta lógica, todas las personas físicas o morales deberán brindar a las autoridades fiscales, en el caso de México el SAT, una dirección la cual puedan ser localizados cuando así sea requerido. Los contribuyentes responsables deben proporcionar domicilios fiscales para cumplir con lo establecido por la ley; no obstante, en muchos casos no se le da la importancia que tiene y suelen poner la ubicación de su casa, que es uno de los errores más graves porque ponen en riesgo su patrimonio en caso de que se presente algún inconveniente con la empresa.

¿Cuáles son los requisitos de los domicilios fiscales?

Los contribuyentes deben contemplar que este domicilio es muy importante porque es el lugar en donde las autoridades harán llegar las diferentes notificaciones y resoluciones que determinarán las operaciones de la empresa. Es decir que, si optan por la renta de oficinas ejecutivas, será ese centro de operaciones el que tendrán que registrar ante las autoridades, ya que, en algún momento, las autoridades fiscales corroborarán que es ahí en donde se encuentra la actividad principal de la empresa.

Ser un contribuyente y tener un domicilio no localizado trae consigo consecuencias importantes que pueden ir desde las más sencillas, como son la pérdida de confianza de clientes e inversionistas, hasta la cancelación del certificado de sello digital, lo que deriva en pérdidas económicas porque la empresa no podrá facturar.

El Código Fiscal de la Federación es muy claro en relación al domicilio de fiscalización, ya que en el artículo 31°, Fracción IV Constitucional, establece que se trata de una obligación que deben cumplir tanto las personas físicas como morales; además, se establecen los parámetros mínimos sobre el cumplimiento de la obligación. Algunos de los requisitos que se establecen en el artículo son los siguientes:

  • Las oficinas o locales en donde opere la administración principal de una empresa o negocio es el sitio en donde se debe establecer el domicilio de fiscalización.
  • En caso de que la empresa opere desde el extranjero, deberán ser las oficinas en donde se encuentre la administración principal del negocio en el país, la que se tenga que registrar como domicilio.
  • Las autoridades tienen la facultad para realizar diligencias en cualquier lugar en donde se realicen las actividades de una empresa, pero esto sólo en caso de que no se haya manifestado un domicilio.

Tener domicilios fiscales en el mismo lugar que otra empresa

Contar con un domicilio fiscal en el mismo lugar en donde opera otra empresa no es una práctica ilegal, aunque no es recomendada por el SAT ni por la SHCP, ya que, si una de las dos empresas llega a tener problemas con las autoridades y se realiza un embargo precautorio, este aplicará para ambas empresas, lo cual sería una desventaja.

Así pues, resulta perjudicial tener el mismo domicilio fiscal, pues podrían quitarle los bienes de su empresa como consecuencia de un tercero. Imaginen que el esfuerzo de toda una vida llegue a su final sólo por no planificar una mejor estrategia para cumplir con lo establecido por las autoridades fiscales. Por esta razón, es mejor optar por otras alternativas, que son mucho más efectivas y que tienen beneficios.

¿Qué dicen las autoridades fiscales respecto a los domicilios virtuales?

Los domicilios fiscales virtuales se han convertido en una práctica cada vez más común porque ofrecen interesantes beneficios, por lo que el SAT no está en contra de esta alternativa e incluso las autoridades afirman que es una mejor práctica que el compartir un mismo domicilio.

Las oficinas virtuales DF permiten proporcionar este tipo de domicilios fiscales, por lo que con esta alternativa el SAT no tendrá a su empresa como no localizada, por el contrario, la tendrá como una de las que está cumpliendo con sus obligaciones fiscales y con lo establecido en el artículo 31°, Fracción IV Constitucional. En las oficinas virtuales, los empresarios cuentan con diferentes servicios, siendo uno de ellos la recepción de mensajería, por lo que habrá siempre alguien responsable de recibir las notificaciones de las autoridades fiscales.

¿Con quién contratar el servicio?

Contar con un domicilio de fiscalización no es algo que se deba tomar a la ligera, esto debido a que es el medio en donde las autoridades podrán ejercer sus facultades. En caso de que necesiten contratar el servicio de domicilios fiscales y tener la certeza de que cumplirán con todos los requisitos establecidos por el SAT, les recomendamos contratar el servicio que ofrecemos en Oficinas IBS, los mejores servicios de acuerdo con las necesidades específicas de sus negocios.

Para conocer más detalles respecto al servicio de domicilio fiscal, comuníquense a los números de contacto: (55) 5293 9300 en CDMX o (800) 700 9393 para el resto de la República. También nos pueden enviar un correo electrónico a la siguiente dirección: contacto@oficinasibs.com.mx.